Áreas conservadas

De manera intuitiva, las ‘áreas conservadas’ son territorios o áreas que logran la conservación de facto. Fueron definidas en 2015 como áreas que «independientemente del reconocimiento o la dedicación, y a veces incluso independientemente de prácticas de gestión explícitas y conscientes, logran la conservación de facto y/o se encuentran en una tendencia positiva de conservación y proclives a mantener esta tendencia en el largo plazo».[1] En este sentido, las áreas conservadas no son lo mismo que las áreas protegidas, pero tienen superposiciones, ej., allí donde un área protegida gestiona para lograr sus objetivos de conservación. En algunos casos, sin embargo, las áreas protegidas no logran su misión de conservación –es decir, son protegidas, pero no conservadas–. Y en otros casos más, áreas que no están en las listas como protegidas, logran la conservación. Muchos TICCA—territorios de vida son ejemplos de la última situación: conservan la naturaleza de facto, como parte de sistemas bioculturales, pero no son listados oficialmente dentro del sistema de áreas protegidas (otros TICCA son incluidos en el sistema de áreas protegidas, con o sin el consentimiento de los custodios originales).

Desde 2010, el Convenio sobre la Diversidad Biológica ha usado el término ‘otras medidas eficaces de conservación basadas en áreas’ (OMEC), que se definen como «áreas geográficamente definidas que no son reconocidas como áreas protegidas, gobernadas y gestionadas de manera que logran una contribución eficaz y sostenida para la conservación in situ de la biodiversidad, de las funciones y servicios de los ecosistemas asociados y, donde aplique, de los valores culturales, espirituales, socioeconómicos y otros que sean pertinentes localmente».[2] El término ‘áreas conservadas’ no debe ser usado como sinónimo de OMEC por más de una razón. Dado que la conservación se produce también en áreas que no están en absoluto gobernadas o gestionadas, el traslape no puede ser completo. Sin embargo, la conservación también ocurre en áreas protegidas, y las OMEC se definen como completamente separadas de las áreas protegidas. Por lo tanto, equiparar las OMEC con ‘áreas conservadas’ tendría la paradójica consecuencia de que los términos ‘protegido’ y ‘conservado’ serían incompatibles en el lenguaje del CDB. Las figuras 3 y 4 abajo muestran una propuesta conceptual más lógica:

Figura 3. Traslape esquemático de áreas conservadas, áreas protegidas y otras medidas eficaces de conservación basadas en área (OMEC). (El tamaño de las figuras no refleja un cálculo preciso de la cobertura).
Figura 4. Traslape esquemático de áreas conservadas, áreas protegidas y otras medidas eficaces de conservación basadas en áreas (OMEC) y TICCA—territorios de vida. (El tamaño de las figuras no refleja un cálculo preciso de la cobertura).

En la Figura 4, los TICCA—territorios de vida se muestran completamente traslapados con las áreas conservadas, pero también con las áreas protegidas y las OMEC. Depende de las comunidades custodias de los territorios de vida específicos decidir si quieren ser reconocidos como áreas protegidas, como OMEC o si no quieren ningún tipo de reconocimiento ni superposición. Las áreas conservadas cuyos límites, instituciones de gobernanza y prácticas de gestión no son reconocidas podrían ser más vulnerables, pero el reconocimiento inapropiado puede ser peor que la ausencia de reconocimiento. El Consorcio TICCA lucha por el #reconocimiento apropiado de los TICCA—territorios de vida en los niveles local, nacional e internacional, y por que se les brinde #apoyo apropiado.

Pese al importante papel de las áreas conservadas, no se conoce ni se ha monitoreado su extensión total en nuestro planeta. La organización dedicada a monitorear la conservación mundial (el Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación de ONU Medio Ambiente, CMMC) se ha enfocado por décadas en registrar los datos de áreas protegidas remitidos por los gobiernos estatales[3] y solo recientemente abrió la base de datos para listar diversas formas de gobernanza de áreas protegidas y las OMEC. Resulta interesante que hoy día el CMMC acepta datos sobre los TICCA—territorios de vida y alienta la remisión directa por parte de sus custodios comunitarios. En asociación con el Consorcio TICCA, el CMMC ha recomendado que las comunidades custodias organicen sus propias redes de apoyo y de revisión por pares para garantizar compatibilidad de datos y control de calidad (ver #Redes centradas en los TICCA—territorios de vida).

De capital importancia para la comprensión de las áreas conservadas y de los territorios de vida es la pregunta sobre la extensión del traslape. En su análisis pionero, Liz Alden Wily (2011a) habló de que alrededor de 8540 millones de hectáreas están bajo alguna forma de control comunal, colectivo o de reivindicación legítima (‘comunes’). Alden Wily subrayó que esto, que representa el 65% de la superficie terrestre, incluye la mayoría de los bosques de la tierra (selvas y manglares), humedales y pastizales. Lógicamente, los comunes incluyen la mayor parte de la diversidad biológica y de las ‘áreas conservadas’ en nuestro planeta. Si reducimos este cálculo y tomamos un valor muy conservador de solo seis millones de hectáreas de comunes existentes en el planeta, y el cálculo incluso más conservador de que solo la mitad de estos tienen una institución de gobernanza local activa, todavía obtenemos una proyección de 3 millones de hectáreas de territorios de vida o ‘áreas conservadas’ que son gobernadas por sus custodios de pueblos indígenas y comunidades locales (cerca de un cuarto de la superficie terrestre planetaria). Recientemente, Garnett y otros (2018) han confirmado estas cifras. Señalaron que los pueblos indígenas tienen derechos de tenencia sobre al menos 3800 millones de hectáreas en 87 países, que se intersectan con cerca del 40% de todas las áreas protegidas terrestres y paisajes ecológicamente saludables (por ejemplo, bosques primarios boreales y tropicales, sabanas y pantanos). Se necesitan más análisis, pero hoy en día es imposible dudar de la importancia de los territorios de vida tanto para la conservación de la naturaleza como para las culturas humanas, los medios de vida y el bienestar.

Key references:

Alden Wily, 2011a; Jonas et al., 2014; Borrini-Feyerabend et al., 2014; Borrini-Feyerabend and Hill, 2015; Convention on Biological Diversity, 2018; Garnett et al., 2018; UNEP-WCMC, IUCN and NGS, 2018.

Ver también: Landmark; WRI page on indigenous and community land rights


[1] Borrini-Feyerabend and Hill, 2015, página 178.

[2] Convention on Biological Diversity, 2018b.

[3] De esta manera fue relativamente más fácil recoger datos, y los datos reflejaron el poder de base de las agencias de las Naciones Unidas: Gobiernos estatales. Ver UNEP-WCMC, IUCN and NGS, 2018.